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Ley Dominga

Ley Dominga Nº21.371 Acompañamiento integral para personas en duelo gestacional y perinatal


Se contempla una atención inicial por parte del equipo médico y psicosocial desde que ingresan a servicio de urgencias de maternidad para acompañar en la entrega de información o diagnósticos confirmado que no sean positivos para las personas que consultan. 


Mediante esta ley el establecimiento tiene como objetivo otorgar acompañamiento a pacientes que estén viviendo pérdidas gestacionales, desde la contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre y padre, prestando un servicio de calidad y respetuoso como lo señala el “Protocolo “Acompañamiento Integral para Personas en Duelo Gestacional y Perinatal".


Objetivo general:

Establecer los procedimientos y/o actividades que debe realizar el equipo de salud prestando atención y contención psico emocional a pacientes que se encuentran atravesando una pérdida gestacional o muerte perinatal, así como también para la persona significativa acompañante en el proceso, esto en base a lo contemplado en la ley 21.371.


Objetivos Específicos:

- Asegurar medidas de acompañamiento para las pacientes que sufren pérdidas reproductivas en todo momento y lugar. 

- Fortalecer las acciones de seguimiento y derivación para la atención integral de las familias que viven duelo gestacional o perinatal. 

- Capacitar al equipo profesional del servicio en pro de garantizar el correcto cumplimiento del presente protocolo.


Medidas que establece la Ley N° 21.371:

- Atención segura, privada, empática y compasiva. 

- Acompañamiento continuo. 

- Atención en espacios diferenciados.

- Acciones de acuerdo a las necesidades de la familia, que favorezcan la despedida sensible. 

- Entrega de información oportuna. 

- Consenso para acompañamiento gineco-obstétrico y psicosocial. 

- Aspectos relacionados con licencia médica y/o permiso laboral.